El 17 de octubre de 2026 termina el plazo de adaptación a la nueva numeración para llamadas comerciales. A partir de ese día, las empresas afectadas por la Ley 10/2025 de servicios de atención a la clientela ya no pueden hacer llamadas de venta desde cualquier número. Pedir un 400 es sencillo. Lo difícil es decidir qué llamadas de tu operación deben salir por él.
Las dos resoluciones, en una frase cada una
El cambio llega con dos resoluciones de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones publicadas en el BOE el 16 de abril de 2026, con seis meses de adaptación:
- Llamadas comerciales salientes: solo podrán hacerse desde números del rango 400, que además no admiten llamadas entrantes.
- Atención al cliente: solo podrá prestarse desde numeración corta del operador, números 800 y 900, o numeración geográfica a tarifa normal.
Las dos reglas se cruzan: el 400 no sirve para atender clientes y los números de atención no pueden usarse para vender.
Tres efectos prácticos que conviene anticipar
1. El cliente no podrá devolverte la llamada
Muchas campañas funcionan así: llamas, no contestan y el cliente devuelve la llamada al número que vio. Con el 400 eso se acaba. Necesitas otra vía de retorno: un WhatsApp con enlace, un SMS con un número de atención o un asistente que proponga una hora para volver a llamar.
2. Un solo interruptor para bloquear todas las llamadas comerciales
Los operadores podrán ofrecer a sus clientes desconectar todas las llamadas del rango 400. No es obligatorio que lo ofrezcan, pero si se extiende, la tasa de contacto por teléfono pasará a ser una variable que hay que medir, no un dato fijo.
3. El número lo aporta tu operador
La numeración 400 se asigna a operadores a través de la CNMC. Si trabajas con varios proveedores o con un BPO, confirma quién aporta el 400 en cada campaña y desde qué fecha.
¿Qué es una llamada comercial?
Las resoluciones no lo definen. La referencia más útil está en la normativa de consumo: es comercial la comunicación no meramente informativa que busca promocionar o vender. Tres preguntas ayudan a clasificar cada flujo:
- ¿Busca vender o promocionar un producto o servicio?
- ¿O informa o gestiona un contrato que ya existe (una incidencia, una cita, un recobro)?
- ¿Tu guion ya obliga a declarar la finalidad comercial al inicio de la llamada?
Ojo: que la persona ya sea cliente no convierte en no comercial una venta cruzada. Y si una campaña mezcla objetivos, lo más fácil de defender es separarla en dos.
Lista de tareas antes del 17 de octubre
- Inventario de todas las campañas salientes, con su finalidad y su clasificación.
- Criterio de clasificación por escrito y validado por tu asesoría jurídica.
- Números de atención revisados: nada de 902 ni tarifas especiales.
- Números separados también en webs, firmas, facturas y locuciones.
- Vía de retorno rediseñada para las campañas que salgan por el 400.
- Tasa de contacto medida antes del cambio, para comparar después.
Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico. La adaptación al resto de la Ley 10/2025 tiene otro plazo, el 28 de diciembre de 2026.